jueves, octubre 3, 2024
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El Tribunal de Justicia de la UE abre otra batalla contra los bancos por las hipotecas con IRPH

Otra vez el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), corrige al Tribunal Supremo español y  dicta una sentencia por medio de la cual las clausulas de las hipotecas con referencia al IRPH, pueden ser declaradas nulas y en consecuencia, aplicar a estas hipoptecas un nuevo tipo de referencia, más barato para el consumidor, como es el Euribor.

Esta sentencia, desata una tormenta judicial contra los bancos, ya que los consumidores van a instar en los juzgados españoles, demandadas para poder abaratar las cuotas hipotecarias de sus hipotecas referenciadas a IRPH.

Las hipotecas con IRPH  (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios), pueden pasar a la historia gracias a esta sentencia dictada el pasado jueves por el TJUE, siendo ponente la magistrada O. Spineanu-Matei. La citada sentencia crea una doctrina inequívoca, (una hipoteca de Bankia es la analizada) y sobre la que caben pocas interpretaciones, en la  que se despejan las dudas sobre la Circular 5/1994 del Banco de España. Esta circular, ordenaba a los bancos a aplicar, también, diferenciales negativos sobre el IRPH para que cuando fuera necesario revisar la cuota del préstamo (anual o semestralmente), pudieran compensarse la diferencia de precio en relación de las hipotecas con Euríbor. La gran mayoría de los prestatarios, cuando firmaron las hipotecas referenciadas a IRPH, no se les incluyó en la hipoteca una cláusula que contemplara el diferencial negativo, solo uno positivo que oscilaba entre el 0,2% y el 0,5%

Analizando esa sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha fijado que son los tribunales de primera instancia los que tienen que valorar la información que los bancos dieron a los clientes en el momento de comercializar la hipoteca y si hubo un quebranto en el derecho a la información del cliente, ocultándosele elementos esenciales de la cláusula de revisión del tipo de interés que se aplicaría durante toda la vida del préstamo hipotecario. La sentencia determina, que la cláusula es abusiva por falta de transparencia, si los clientes no han podido acceder a la circular  la Circular 5/1994 del Banco de España y no se les ha informado sobre su contenido para que pudieran comprender el método de cálculo del índice IRPH. Además, el juez de primera instancia español, tendrá que determinar qué importancia tenía la información de la circular para que el consumidor pudiera evaluar las consecuencias económicas. El banco tendrá que probar que la cláusula se negoció individualmente o, de lo contrario, el juez tendrá que evaluar el posible incumplimiento de las exigencias de buena fe y la existencia de un desequilibrio en detrimento del cliente.

Dice literalmente la sentencia del TJUE que «Esa información -que no se comunicó a los consumidores- parece ser de utilidad para estos, si atendemos al hecho de que el Banco de España estimó oportuno llamar la atención de las entidades de crédito sobre el tipo de los IRPH en relación con el tipo de interés del mercado y sobre la necesidad de aplicar un diferencial negativo para igualarlos con dicho tipo de interés».

Esta resolución del TJUE, tiene su origen en una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 17 de Palma de Mallorca, que remitió al TJUE, una nota en la cual señalaba que  resultaba «engañoso» en estas hipotecas aplicar un diferencial tan bajo, porque servía de señuelo para los clientes. Cuando, realmente, a la hora de revisar el préstamo, como el IRPH es el interés medio al que la banca vende los créditos, incluidas las comisiones, su precio siempre salía más alto que el del euríbor. Por ello, el supervisor instó a incluir un diferencial negativo, para equipararlo.Para más información al respecto, pueden ponerse en contacto con el despacho de abogados “Quercus Jurídico” expertos en Banca, que les aclararán cualquier duda al respecto. www.quercusjuridico.es y contacto@superbiajuridico.es

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1 COMENTARIO

  1. No me creo nada, todo es morralla, no hay justicia porque la ponen los criminales y no solo nos quieren asesinar con inyecciones, esos cabrones también nos quieren matar de hambre y con fenómenos naturales provocados por ellos con sus tecnologías, pueden causar erupciones de volcanes y terremotos aunque parezca mentira y no me extrañaría que volvieran a activar el volcán de la isla de la Palma, ya tienen algunos activados y esos desgraciados van a por nosotros.

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