martes, abril 21, 2026
InicioMadridGolpe del Supremo al Ayuntamiento de Madrid al inadmitir el recurso de...

Golpe del Supremo al Ayuntamiento de Madrid al inadmitir el recurso de Almeida y avalar la anulación de las ZBE

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Madrid contra la sentencia que anuló varios artículos de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, especialmente los relacionados con las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechazó por unanimidad el recurso número 8840/2024. El alto tribunal considera que el Ayuntamiento no justificó suficientemente el “interés casacional” necesario para que el Supremo revise el caso.

Las Zonas de Bajas Emisiones son áreas restringidas donde solo pueden circular vehículos con etiquetas ambientales (las conocidas como “eco” o “cero”) o aquellos que cumplen ciertos requisitos. En Madrid, se aplicaron en todo el municipio. El objetivo era supuestamente reducir la contaminación, pero muchos conductores las criticaron por ser poco claras y por el impacto económico que suponían, sobre todo para quienes tienen coches más antiguos.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya anuló parte de la ordenanza en 2024 (tras un recurso presentado por el Grupo Municipal Vox del Ayuntamiento de Madrid, el Grupo Parlamentario Vox de la Asamblea y el propio partido Vox, liderados en el consistorio por Javier Ortega Smith) por fallos importantes: falta de un informe económico adecuado y problemas en cómo se definieron las restricciones. El Ayuntamiento recurrió al Supremo para intentar mantenerlas, pero el alto tribunal ha rechazado ese recurso. Eso significa que las ZBE, tal como estaban planteadas, se consideran inválidas.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (septiembre de 2024) anuló los artículos clave de la ordenanza por insuficiencia del informe de impacto económico. El Ayuntamiento no evaluó correctamente las consecuencias económicas de las restricciones a la circulación, ni hizo una buena ponderación entre beneficios y costes, ni estudió medidas menos restrictivas. También se detectaron deficiencias en el informe de impacto ambiental.

Consecuencias prácticas de esta decisión

Con esta decisión firme e inapelable:

  • Queda confirmada la anulación parcial de la ordenanza de 2021.
  • Se abre la puerta a que se anulen las multas impuestas por acceder a las ZBE.
  • Asociaciones de conductores como AEA (Automovilistas europeos asociados) estiman que se han puesto más de 3,3 millones de sanciones por un importe superior a los 600 millones de euros. El Ayuntamiento deberá devolver las multas ya cobradas y anular las pendientes.

¿Qué deben hacer los conductores?

  • Si tiene una multa pendiente por ZBE, es muy probable que se anule.
  • Si ya la pagó, podrá reclamar la devolución guardando toda la documentación.
  • Las asociaciones de automovilistas están preparando procedimientos colectivos para facilitar las reclamaciones.

Esta resolución marca un precedente importante para las ZBE de otras ciudades y recuerda que las administraciones deben justificar bien las restricciones que afectan a los derechos y al bolsillo de los ciudadanos. El consistorio madrileño está obligado a acatar la sentencia.

(Por Lourdes Martino)

EsDiestro
Es Diestro. Opinión en Libertad
Artículo relacionados

Entradas recientes