viernes, octubre 18, 2024
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Multan con 2,46 millones al Consejo General de Procuradores de los Tribunales de España

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción de 2,46 millones de euros al Consejo General de Procuradores de los Tribunales de España (CGPE). La multa responde a dos infracciones: una recomendación colectiva de precios y la difusión de información engañosa sobre su portal de subastas electrónicas, subastasprocuradores .com.

Según una nota de prensa publicada este martes, la CNMC ha considerado que las acciones del CGPE constituyen una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Además, se señala una infracción grave del artículo 3 de la LDC. Estas normativas están diseñadas para garantizar la libre competencia y evitar prácticas que puedan distorsionar el mercado.

El expediente sancionador se inició tras una denuncia de la mercantil Activos Concursales S.L. en diciembre de 2022, y tras la investigación, se comprobó que las conductas del CGPE habían afectado al sector de intermediación de subastas extrajudiciales. Específicamente, el CGPE había fijado tarifas y actuado como intermediario en subastas, eliminando la posibilidad de que los procuradores negociaran libremente sus honorarios.

El CGPE puso en marcha en mayo de 2016 su plataforma de subastas electrónicas, subastasprocuradores. com, a través de la cual se subastaban bienes muebles e inmuebles. En este contexto, la CNMC ha sancionado la fijación de comisiones que debían cobrar los colegios de procuradores que utilizaban la plataforma. Para los bienes inmuebles, se estableció una comisión inicial del 4 % del precio de adjudicación, que fue ajustada en 2016 a un máximo del 5 %. Para los bienes muebles, las comisiones oscilaban entre el 5 % y el 15 %.

La fijación de estos precios estandarizados, sin permitir que los procuradores negociaran libremente con los usuarios, constituyó una recomendación colectiva de precios. Estas prácticas eliminan la incertidumbre y la competencia natural entre profesionales, ya que todos los procuradores adheridos a la plataforma debían aplicar las mismas tarifas.

Otra de las infracciones señaladas por la CNMC es la difusión de información engañosa sobre la plataforma de subastas del CGPE. Este organismo promovió su plataforma como la única alternativa segura a las subastas judiciales gestionadas por el Boletín Oficial del Estado (BOE), creando la percepción de que subastasprocuradores.com era una entidad pública o de carácter oficial. Esta información, además de ser incorrecta, podía influir en la decisión de usuarios y operadores del mercado al considerar la plataforma del CGPE como más confiable y legítima.

El CGPE también presentó a los colegios de procuradores como los únicos autorizados por la Ley de Enjuiciamiento Civil para llevar a cabo subastas extrajudiciales, lo que no es exacto, dado que existen otras entidades especializadas en el sector privado que pueden competir en este mercado. Este acto de engaño ha alterado el comportamiento económico de los usuarios y ha perjudicado a los competidores del CGPE.

La CNMC ha impuesto dos sanciones económicas al CGPE:

  • Infracción muy grave: por la recomendación colectiva de precios, sancionada con 1,64 millones de euros.
  • Infracción grave: por actos de competencia desleal, sancionada con 821.953 euros.                                                                                                                              Además de la multa económica, la CNMC ha ordenado al CGPE que cese de inmediato estas prácticas anticompetitivas y que adopte medidas correctivas para evitar su repetición. También se remitirá la resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, lo que podría afectar la capacidad del CGPE para contratar con entidades públicas. La Dirección de Competencia vigilará el cumplimiento íntegro de la resolución.

El CGPE tiene la posibilidad de recurrir esta decisión ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución.

Este caso pone de manifiesto la importancia de garantizar la competencia justa y libre en todos los sectores, incluyendo el de las subastas extrajudiciales. La CNMC ha dejado claro que el problema no radica en la existencia de la plataforma de subastas del CGPE, sino en las prácticas anticompetitivas empleadas para favorecer a ciertos actores del mercado.

La libre competencia permite que los usuarios se beneficien de precios más competitivos y servicios más diversos, algo que se ve limitado cuando una entidad fija tarifas estándar o transmite información engañosa que afecta la dinámica de elección del mercado.

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1 COMENTARIO

  1. Hola,vivimos en una pequeña llamada localidad donde gobierna ciudadanos y el PSOE cerca de Jativa donde gobierna el PSOE.Los masones gobiernan el municipio a través del centro de salud.
    A nuestra madre le han quitado la viudedad por no haberse vacunado…a nosotros nos deniegan todas las ayudas por lo mismo.
    Las oficinas de Játiva son un nido de socialistas masones luciferinos…algunos abogados nos acosan ‘sexualmente’,y la Jueza Suprema es judía.

    Hacen negocio desde la inoculación con veneno,hasta la hospitalización,la eutanasia,la extracción de órganos y la venta de nichos…todos sacan tajada,y no nos podemos defender tienen todo copado.

    Asi esta el tema,deniegan ayudas legítimas,nos hacen chantaje…nos intentan asesinar,ademas de esconder los casos de pederastia,son los mismos de la época de las niñas de Alcácer,sus nombres salieron en la tv.

    Nos acosan por ser católicos y por ir a misa.

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