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Los activos de la Selección Española de Fútbol podrían ser embargados ante los impagos del Gobierno por las renovables

El Tribunal del Distrito de Columbia ha rechazado los recursos del Ejecutivo español y ha autorizado a los acreedores del laudo arbitral CIADI en el caso Watkins a continuar con el procedimiento de rastreo de activos y, en su caso, embargo de bienes estatales en territorio estadounidense. Esta resolución, fechada el 10 de abril de 2026, se enmarca en la ejecución de un laudo de aproximadamente 93 millones de euros (77 millones por daños principales más intereses, costas y otros conceptos) a favor de Blasket Renewable Investments LLC, entidad que adquirió los derechos del laudo original contra España.

Contexto: el “hachazo” a las renovables y los laudos CIADI

Entre 2013 y 2014, el Gobierno español (entonces del PP) introdujo reformas retroactivas que recortaron drásticamente las primas y incentivos a las energías renovables (eólica y fotovoltaica principalmente). Decenas de inversores extranjeros —muchos amparados por el Tratado de la Carta de la Energía (ECT)— interpusieron demandas ante el Centro Internacional de Arreglos de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), dependiente del Banco Mundial.

España ha perdido la gran mayoría de estos arbitrajes. Hasta la fecha se citan más de 26-27 laudos firmes en su contra, con un monto total que, según algunas estimaciones agregadas, supera los 2.300 millones de euros si se incluyen intereses y costas (la cifra exacta varía según fuentes y si se cuentan solo los ya ejecutables). El Gobierno español se niega a pagar alegando incompatibilidad con el Derecho de la Unión Europea (doctrina Achmea y Komstroy), pero los tribunales estadounidenses, al aplicar la Convención de Nueva York y el Estatuto ICSID, han venido reconociendo y ejecutando estos laudos.

El caso Watkins (Watkins Holdings / Blasket Renewable Investments) es uno de los más avanzados en fase de ejecución en EE.UU. En septiembre de 2025, el mismo tribunal ya había confirmado el laudo y lo declaró inmediatamente ejecutable. La resolución de abril de 2026 rechaza los intentos españoles de suspender o bloquear el rastreo de activos y concluye que ha transcurrido “un plazo razonable” sin pago ni garantías por parte de España. Por tanto, los acreedores pueden ahora:

  • Registrar la sentencia en otros distritos federales estadounidenses.
  • Emitir requerimientos a terceros para identificar activos.
  • Iniciar procedimientos de embargo sobre bienes del “Reino de España” en EE.UU.

El foco en la Selección Española y el Mundial 2026

La noticia ha adquirido relevancia mediática porque los acreedores (a través de sus abogados, entre ellos el bufete King & Spalding) han señalado explícitamente activos relacionados con la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y la Selección Española durante su participación en el Mundial de Fútbol 2026, que se celebrará en Estados Unidos, Canadá y México.

Según los informes judiciales y las informaciones publicadas:

  • La RFEF y la Selección se consideran, a efectos jurídicos estadounidenses, parte del “Estado español” (al igual que ministerios, RENFE, Paradores o el Instituto Cervantes).
  • Se han enviado requerimientos a patrocinadores y proveedores como Adidas, Hilton Hotels y otras empresas que operan pagos o contratos vinculados a la Selección en suelo estadounidense.
  • Cualquier ingreso, cuenta bancaria o bien operativo de la Selección en EE.UU. durante el torneo podría ser susceptible de embargo si se clasifica como activo estatal comercial.

No se trata de un embargo inmediato ni de la “confiscación” literal de los jugadores o el equipo, sino de la autorización para rastrear y, eventualmente, embargar activos financieros y comerciales del Estado español en territorio norteamericano. Precedentes como el caso NextEra v. Spain han confirmado que España renunció a su inmunidad soberana al someterse al arbitraje CIADI/ECT.

Reacciones y posición del Gobierno español

El Ejecutivo de Pedro Sánchez mantiene que los pagos son imposibles por incompatibilidad con el Derecho UE y ha recurrido (o planea recurrir) ante instancias superiores. Fuentes jurídicas consultadas por los medios consideran que esta resolución marca “un paso decisivo” en la fase de ejecución internacional de los laudos, al pasar de la mera identificación de activos a la posibilidad real de embargo.

Situación actual (16 de abril de 2026)

  • La resolución es firme y ejecutoria en la fase de rastreo de activos.
  • No se ha producido aún ningún embargo concreto.
  • Otros acreedores de laudos renovables (NextEra, Antin, Cube, 9REN, RREEF, InfraRed, etc.) tienen procedimientos paralelos en EE.UU., Australia y otros países, con cientos de millones ya confirmados.
  • España acumula la mayor cantidad de laudos impagados de cualquier país en la historia del CIADI.

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