sábado, julio 27, 2024
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Ley de Bienestar Animal: más fácil practicar la eutanasia a tu abuelo que a tu gato

Como en España ya pocas cosas tienen sentido, cada decisión política que se toma es más aberrante que la anterior, más carente de sentido y, por supuesto, mucho más irracional. Hoy entra en vigor la ley de Bienestar Animal que, por supuesto, han ideado personajes que nada tienen que ver con el asunto y que, simplemente, legislan por ventoleras políticas y con la colaboración de algún ecolojeta sorosiano de despacho.

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Y centrándonos en un solo punto de esa ley, el de la eutanasia, comprobaremos que es mucho más fácil practicarle la eutanasia a tu abuelo, que a tu gato. Para que una persona se practique la eutanasia a sí misma son necesarios estos puntos que establece la ley:

  • Diagnóstico de una enfermedad grave e incurable.
  • Sufrimiento insoportable y constante que no puede ser aliviado de otra manera.
  • Voluntariedad, es decir, una solicitud reiterada y consciente por parte del paciente.
  • Ser mayor de edad o ser un menor emancipado con capacidad de decisión.

Pero, ¿qué pasa si el paciente no puede tomar la decisión por sí mismo? Entonces se tienen que dar estas condiciones:

  • Voluntad Anticipada: La ley permite a las personas mayores de edad o a los menores emancipados con capacidad de decisión expresar su voluntad anticipada de recibir eutanasia en el futuro en caso de una enfermedad incurable y sufrimiento insoportable. Esto se hace a través de un documento legal llamado Testamento Vital o Instrucciones Previas. Estos documentos son vinculantes y deben ser respetados por los profesionales de la salud y el comité médico, incluso si el paciente ya no puede expresar su voluntad.
  • Representante Legal: Si un paciente no puede tomar decisiones por sí mismo y no ha dejado un Testamento Vital, la ley permite que un representante legal, previamente designado por el paciente o nombrado por un tribunal en caso de disputa, tome decisiones médicas en su nombre. En este caso, el representante legal puede solicitar la eutanasia si cumple con los requisitos establecidos por la ley y si se demuestra que esta es la voluntad del paciente.
  • Evaluación Médica Rigurosa: En todos los casos, la solicitud de eutanasia debe ser evaluada y confirmada por un comité médico independiente. Este comité, compuesto por profesionales de la salud, se asegura de que se cumplan los requisitos legales y éticos, y de que la solicitud esté en consonancia con la voluntad del paciente.

Y una realidad que ustedes saben que se ha dado desde siempre en los hospitales: los médicos hablan con los familiares, les plantean la «desconexión» de su familiar inconsciente y aquí no ha pasado nada.

Y ahora comparen las condiciones impuestas con la Ley de Bienestar Animal para practicar la eutanasia, por ejemplo, a nuestro gato cuando tiene una enfermedad incurable que le provoca un gran sufrimiento.

  1. Justificación Médica: La eutanasia de un animal solo se puede llevar a cabo cuando un veterinario autorizado determina que existe una justificación médica o sanitaria válida. Esto implica que el animal está sufriendo de manera insoportable debido a una enfermedad, lesión o condición médica irreversible que no puede ser tratada de manera efectiva o que causaría un sufrimiento prolongado e innecesario al animal.
  2. Proceso de Evaluación: Antes de proceder con la eutanasia, se debe llevar a cabo un proceso de evaluación exhaustiva por parte de un veterinario. Esto implica un diagnóstico clínico preciso y una evaluación completa del bienestar del animal. El veterinario debe determinar que la eutanasia es la única opción humanitaria disponible.
  3. Alternativas Consideradas: La ley exige que se hayan considerado y agotado todas las alternativas posibles antes de recurrir a la eutanasia. Esto incluye tratamientos médicos, terapias y cuidados paliativos que puedan aliviar el sufrimiento del animal.
  4. Métodos Humanitarios: La eutanasia debe llevarse a cabo utilizando métodos humanitarios y que minimicen el sufrimiento del animal. Los veterinarios están obligados a seguir procedimientos éticos y seguros para garantizar una eutanasia sin dolor ni estrés innecesario.
  5. Registro y Documentación: Se requiere que se registre y documente adecuadamente cada procedimiento de eutanasia, incluyendo la justificación médica, el proceso de evaluación y los detalles del método utilizado.
  6. Consentimiento del Propietario: En la mayoría de los casos, se requiere el consentimiento del propietario o responsable del animal antes de llevar a cabo la eutanasia. Sin embargo, en situaciones de urgencia en las que el animal esté sufriendo gravemente y el propietario no esté presente, el veterinario puede tomar medidas necesarias para aliviar el sufrimiento sin consentimiento.

Por eso, el Consejo General de Veterinarios de España, en una carta que remitían al Congreso cuando se estaba tramitando esta ley decía lo siguiente:

«La imposibilidad de decidir, por parte del propietario o del profesional veterinario, la aplicación de una muerte digna para nuestros compañeros animales en los casos en los que existe tratamiento de sus patologías o medidas paliativas pero no se puede acceder a ellas por motivos económicos, nos deja con las manos atadas para la aplicación del criterio del profesional veterinario. Estas situaciones nos pueden abocar a la supervivencia de los animales en situaciones cercanas al maltrato«.

Si se dan cuenta, tal y como sucede con el aborto, es mucho más fácil matar «legalmente» a un ser humano que a un animal que está sufriendo. Piensen en el sentido que tienen todas estas decisiones «políticas» y de qué forma, tal y como vemos últimamente, caminamos a toda velocidad hacia esa despoblación que tanto gusta a los agendistas.

EsDiestro
Es Diestro. Opinión en Libertad
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7 COMENTARIOS

  1. https://www.youtube.com/watch?v=a1ZkD1iXZa0

    Y encima vende cursos, el subnormal este que encima es policia todavía no se ha enterado que esa ley es anticonstitucional pero como es subnomal no solo hace alarde de su subnormalidad sino que va de autoridad el puto payaso. Ya veremos cuando te caiga una querella por prevaricación si sigues mucho tiempo en el cuerpo pedazo de subnormal. No te enteras que tus videos son delictivos cuando animas a otros compañeros a violar la ley como ya hicisteis con la falsemia, anda y ponte la mascarilla puto payaso que no das para más. Este el nivel de los payasos que tenemos que son policias, no todos afortunadamente pero payasos como este deberían estar fuera por peligro publico. Y tenemos el Derecho y la obligación de denunciar a payasos como vosotros. Trabajais para nosotros y no sois autoridad la autoridad es del Pueblo no de un puto payaso con placa lo que sin duda tu eres, tus videos lo confirman y encima eres tan tonto que no guardas el deber de sigilo que se te exige. Anda y borra el canal y deja de hacer el subnormal payaso.

    • El problema de las tomaduras de pelo como la falsemia es cuando alguien se las cree y pasa luego lo que pasa.
      Este Sr policia que se dedique a su trabajo en lugar de ir tocando los cojones por muy policia que sea no todo vale. Con mi dinero no y en mi turno tampoco.

  2. Los animales no son cosas por lo tanto no se pueden usurpar, como tampoco los niños la palabra es secuestro que tampoco porque tu estas rescatando un ser vivo que tampoco es propiedad del ayuntamiento. No sois más que una panda de imbeciles metidos a policias que os creis muy chuliitos hasta que alguno os baje los humos. A la policia se les respeta. a los chulitos de barrio y matones como vosotros se les contesta a lo Steven Seagal. Y ya que haceis videos de coacciones porque es lo que es coaccionar a los seres humanos en aras de vuestra libertad de expresión, en aras de la nuestra se os contesta como os mereceis.
    Hijos de puta no mereceis llevar la placa, soy un senador, soy un senador…

    https://www.youtube.com/watch?v=tkmwt46_GwU

    • Apropiación indebida o usurpación es lo mismo, la apropiación indebida no se aplica en estos casos ya que no son objetos o cosas. La multa te caeria a ti por tocarme los cojones en mi residencia que es inviolable. Este es el nivel y les pagamos con nuestros impuestos y encima se lucra vendiendo cursos lo que es cohecho.
      Y es más como esa ley va a ser derogada encima comete delito de estafa al vender algo que no va a tener utilidad a sabiendas de lo que hace.

      https://www.dexiaabogados.com/blog/delito-cohecho/

  3. Dan cursos que deberían ser gratuitos solo para la policia y que deben ser secretos. Que lo investigue asuntos internos porque esto no es normal.

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