viernes, octubre 4, 2024
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Un juez declara nulo un contrato de alquiler en el que el inquilino tenía que pagar el seguro de impago

Un fallo judicial emitido por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Parla ha marcado un precedente en la Comunidad de Madrid al declarar ilegal el seguro de impago en los contratos de alquiler que imponen este tipo de garantías a los inquilinos. Esta decisión, calificada como pionera, responde a una demanda presentada por una inquilina que, con el respaldo legal del Centro de Asesoría y Estudios Sociales (CAES), denunció la cláusula que le obligaba a sufragar el coste de un seguro de impago en beneficio exclusivo del arrendador.

El juez consideró que la cláusula, incluida en el contrato de arrendamiento firmado el 2 de marzo de 2015 entre la demandante y la empresa Nestar Residencial Sociedad De Inversión Inmobiliaria S.A., rompía el equilibrio entre las responsabilidades de ambas partes. Según la sentencia, se trata de una disposición abusiva, pues obliga al arrendatario a asumir el coste de un seguro contratado únicamente para proteger al propietario frente a un eventual impago de la renta, sin que el inquilino obtenga ningún beneficio de esta protección.

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La sentencia declara nula la cláusula decimoséptima del contrato, la cual obligaba al pago del seguro, y condena a la empresa arrendadora a devolver a la inquilina 917 euros, junto con los intereses legales generados desde el momento en que realizó el pago de la prima. Además, el juez destacó la falta de información clara sobre los términos del seguro, lo que refuerza el carácter abusivo de la cláusula.

Alejandra Jacinto y Javier Rubio, abogados de CAES, señalaron que este tipo de prácticas se están volviendo cada vez más comunes en el mercado de alquiler, donde grandes fondos de inversión y empresas inmobiliarias como Nestar o Fidere están imponiendo estos seguros a los inquilinos. Según los letrados, este fallo abre una vía para que muchos inquilinos puedan reclamar y defender sus derechos frente a este tipo de abusos.

Este fallo no solo se presenta como una victoria para la demandante, sino que también sienta un precedente importante en la protección de los derechos de los arrendatarios, dando esperanza a miles de inquilinos que pueden verse en situaciones similares en toda España.

 

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