jueves, noviembre 28, 2024
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El Tribunal Supremo prohíbe denunciar la corrupción de jueces y fiscales

El Tribunal Supremo ha dictado el auto 7/2024, que se adjunta, en el que me sanciona con una multa de 4.000 euros por haber cumplido con la obligación que impone el art. 264 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), de denunciar todos los delitos que conozcamos por vías indirectas, sin necesidad de aportar pruebas.

https://www.conceptosjuridicos.com/lecrim-articulo-264/

Enlace al auto T.S. 7/2024

TS Auto multa 4000 DIFUSION

Lo que denuncié es el hecho de que en redes sociales se afirmaba, con documentos, que el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo y el fiscal jefe de la Audiencia Nacional podrían tener cuentas millonarias en bancos extranjeros, posiblemente no declaradas al fisco español.

En mi denuncia ya advertía que no podía garantizar la veracidad de lo afirmado en las redes sociales, de las que aporté los enlaces. 

Es decir, que en mi denuncia no hay ninguna falsedad de las que pudieran constituir delito. 

También alegué que los documentos mostrados en esas redes, sin ser documentos bancarios originales, son idénticos a los que sirvieron al juez para investigar y confirmar las cuentas de Luis Bárcenas, que llevaron a prisión al tesorero del PP, y que aparecen aquí:

 https://okdiario.com/investigacion/okdiario-tiene-comprobantes-millonarios-depositos-atribuidos-luis-barcenas-mujer-7061118

Repito, los documentos en que se basaba mi denuncia, ya desaparecidos de las redes (cosas de la censura), eran idénticos. 

Por ello solicité que se investigasen esas cuentas, mediante comisiones rogatorias dirigidas a las autoridades de los países donde supuestamente se encuentran los bancos (como hizo el juez del caso Bárcenas), para salir definitivamente de dudas y restablecer la honorabilidad del juez y el fiscal ofendidos.

De nada han valido mis alegaciones. El Tribunal Supremo afirma que soy un temerario por denunciar la posible corrupción de nuestros jueces y fiscales, porque con ello socavo la confianza de los ciudadanos en su recto proceder, lo que me hace acreedor del más alto reproche, que cuantifica en 4.000 €.

Conclusiones. 

1º) El Tribunal Supremo ha derogado de facto el art. 264 de la LECrim. Ahora mismo está prohibido, bajo pena de cuantiosa multa, denunciar la corrupción de jueces y fiscales. 

2º) El Tribunal Supremo ha derogado de facto la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (BOE de 19 de julio de 2006) y el Convenio Penal sobre la corrupción del Consejo de Europa (BOE de 28 de julio de 2010), así como la aplicación analógica (art. 4 Código Civil) en favor de los denunciantes, de la Ley 2/2023 y la Directiva 2019/1937. Como consecuencia, la corrupción ya no tiene por qué ser investigada, y los denunciantes pueden (más bien deben) ser represaliados.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-13012

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-12135

3º) Los ciudadanos debemos reconocer y agradecer el esfuerzo ímprobo que hace el Tribunal Supremo para mantener impoluta la fama y buen nombre de los jueces y fiscales, reprimiendo cualquier atisbo de duda sobre su imposible corrupción. Podrían impartir cursos a magistrados y políticos de otros países.

Prohibido dudar.

Prohibido denunciar.

Prohibido hablar.

Prohibido pensar.

¡Viva el estado de desecho!

Estimado lector, si Vd. desea premiar la temeridad y osadía de quien denuncia de modo tan cruel e injustificado a la “justicia”, puede hacerlo aquí. Pero tenga en cuenta que el Sistema no se lo agradecerá. Yo sí.

Galo Dabouza: ES07 3007 0008 2421 2078 0420

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4 COMENTARIOS

  1. Recibe todo nuestro Apollo,valiente Galo.

    Ley de protección de denunciantes sobre corrupción llega con más de un año de retraso Esta ley proviene de una directiva europea de 2019 sobre la seguridad de aquellas personas que informan sobre infracciones del derecho de la Unión Europea, los conocidos como whistleblowe r.

    Quizás dentro de un año?.

    De este modo se entiende que sigan habiendo rituales masónicos,violaciones de niñas de 14 años incluso consumo de adrenocromo.

    Por si te vale de algo,hay un Juez que juzga a los jueces…jueces que actúan como bufones y que encima roban dinero a la gente decente.

  2. El TS no tiene potestad para decidir tal cosa puede proceder a investigar o a archivar pero no impedir denuncias, pero es que podemos hablar de los delitos que han cometido todos de los que si hay pruebas que ya los deja sin jurisdicción. Además los señores del TS no han sido contratados ni legitimados siquiera por el Pueblo, se les puede denunciar por usurpación y abuso de funciones si se ponen encima tontos. Lo que si les puedes advertir es que estan cometiendo un delito de prevaricación al pretender multarte y nadie socava nada o vale vd o no vale como cualquier trabajo y los primeros que han socavado la confianza son ellos al haber permitido el mayor atentado sanitario de la historia. Los señores del TS son los que deberián abonar dicha cantidad pero a cada habitante de España en conceptos de daños y perjuicios de su propio patrimonio no de la caja común, que esa es otra cuando tienen que imdemnizar lo pagamos todos.

  3. El peor y másmortífero de los fascismos es el fascismo de izquierdas. La historia lo ha demostrado pese al Bestial reseteo (falsificación) al que nos han sometido la Historia por orden de los Illuminati

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