La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tiene iniciado un expediente sancionador contra la compañía petrolera Repsol por posible abuso de posición de dominio, en el mercado de la distribución mayorista de combustibles en España.
Según una nota de prensa publicada el pasado 26 de diciembre por la CNMC, este organismo regulador investiga a Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S. A., Repsol Directo, S. A., Repsol Customer Centric, S. L., Solred, S. A., Campsa Estaciones de Servicio, S. A. (Campsared) y Repsol, S. A., por posibles prácticas anticompetitivas, constitutivas de un abuso de posición de dominio, en el mercado de la distribución mayorista de combustibles para automoción en España.
Repsol es un grupo que está presente en toda la cadena de valor del proceso de producción y comercialización de combustibles para la automoción.
La petrolera habría aprovechado su posición de dominio en el mercado mayorista de hidrocarburos en España para llevar a cabo las siguientes conductas desde marzo hasta diciembre de 2022:
-Por un lado, ofrecer descuentos adicionales en combustibles a los usuarios de sus estaciones de servicio a través de aplicaciones o de tarjetas de fidelización y pago.
-Y, por otro, incrementar el precio que terceros competidores —estaciones de servicio independientes— pagan (a Repsol) por adquirir el combustible en el mercado mayorista.
Dada la posición de Repsol en el mercado mayorista, las conductas habrían supuesto una estrategia exclusionaria frente a terceros competidores —estaciones de servicio independientes—. Además, habrían tenido la capacidad de erosionar los márgenes comerciales de dichos competidores y limitar la competencia en la distribución minorista.
Las citadas conductas podrían constituir una posible vulneración del artículo 2 de la Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Denuncias previas
La investigación se inició a raíz las denuncias presentadas por la Asociación Nacional de Estaciones de Servicio Automáticas (AESAE) y la Asociación de Comercializadores Independientes de Hidrocarburos por prácticas contrarias a los artículos 2 de la LDC y 102 TFUE.
Ante la sospecha de existencia de posibles prácticas anticompetitivas, la CNMC abrió una información reservada (artículo 49.2 de la LDC) y llevó a cabo una inspección domiciliaria en la sede de Repsol.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 24 meses para su instrucción y resolución.