En una decisión histórica, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha anunciado, a través de un comunicado oficial emitido este jueves, la apertura de un expediente sancionador contra Deutsche Bank. La entidad financiera enfrenta cargos relacionados con el servicio de asesoramiento prestado a clientes españoles en el ámbito de instrumentos financieros derivados sobre divisas de elevada complejidad y riesgo, específicamente los conocidos como Target Profit Forwards y Pivot TPF.
El expediente, iniciado en la sesión del 15 de diciembre de 2023, señala que el banco podría haber incurrido en infracciones muy graves de la Ley del Mercado de Valores, según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 4/2015. La entidad financiera se enfrenta a acusaciones de incumplimiento sistemático de las obligaciones de diligencia y transparencia, así como de actuar en el mejor interés de sus clientes. Estas presuntas irregularidades abarcan el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2021.
El comunicado de la CNMV, realizado en virtud del artículo 336 de la Ley 6/2023 de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión (LMVSI), destaca que la apertura del expediente no prejuzga el resultado final y subraya que Deutsche Bank tiene todos los medios legales para defenderse durante el proceso.
Es importante destacar que estas acusaciones también generaron investigaciones internas dentro del Grupo Deutsche Bank, al que pertenece la entidad expedientada. Las presuntas irregularidades relacionadas con la comercialización de derivados OTC estructurados sobre divisa se convirtieron en objeto de investigaciones internas y procedimientos judiciales por parte de algunos clientes afectados.
El comunicado de la CNMV hace hincapié en la obligación de las entidades financieras de informar de manera equilibrada, clara, imparcial y no engañosa a los inversores sobre las características, funcionamiento, riesgos y costos asociados a los productos financieros, especialmente cuando son altamente complejos. Además, destaca la responsabilidad de las entidades financieras de actuar siempre en el mejor interés de los clientes, asesorándolos sobre productos que se adecuen a sus necesidades, objetivos de inversión y, especialmente, a su perfil de riesgo.
La publicación de este acuerdo se realizó después de notificarlo a la entidad afectada y tras una ponderación razonada de los intereses en conflicto, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 336 de la LMVSI. Este caso no solo representa un hito en las acciones regulatorias en el sector financiero, sino que también destaca la importancia de la transparencia y la ética en la prestación de servicios financieros, recordando a todas las instituciones la necesidad de cumplir con las normativas para proteger a los inversores y preservar la integridad del mercado.