En el corazón del Corredor del Henares, cerca de la Base Aérea de Torrejón de Ardoz, se gesta uno de los proyectos urbanísticos más ambiciosos de la Comunidad de Madrid: el INDRA Technology Hub. Promovido por la multinacional de defensa y tecnología Indra Sistemas S.A., este campus de innovación pretende consolidar operaciones en defensa, gestión del tráfico aéreo y espacio, con una inversión inicial de 355 millones de euros, parcialmente financiada por un préstamo del Banco Europeo de Inversiones (BEI) de 385 millones. Sin embargo, detrás de la fachada de «interés regional» y creación de empleo, emergen serias irregularidades legales, económicas y políticas que cuestionan su legitimidad y equidad.
El proyecto, declarado de Alcance Regional (PAR) en febrero de 2025 bajo la Ley 9/1995, abarca unas 77,6 hectáreas mayoritariamente en suelo urbanizable no sectorizado SUNP-T1 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Torrejón, calificado para usos terciarios y productivos. Un Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Torrejón y Indra, aprobado por moción de alcaldía en 2025 invocando la Ley 11/2022 de Medidas Urgentes, facilita su promoción. Pero los propietarios afectados denuncian un proceso opaco, compensaciones irrisorias y posibles conflictos de interés familiares en el consistorio.
Un Suelo Urbanizable Valorado como Rústico: El «Robo» de los 4 €/m²
El núcleo de la controversia radica en la valoración de los terrenos. Documentos internos del proyecto, como la ficha de valoración de la parcela TA020 (0,3383 ha en paraje Caganso), tasan el suelo como rústico dedicado a cereal secano, con una renta bruta anual de 909,43 €/ha y un valor capitalizado de 39.666,75 €/ha (aproximadamente 4 €/m²). El total para esta parcela: 13.419,26 €.
«INDRA quiere pagar a los afectados como suelo rústico, cosa que no es cierta pues está calificado, y como justiprecio por expropiación más un 50%. El metro no llega a los 4 €/m². Un robo», denuncia un propietario en un correo interno filtrado.
Esta tasación ignora la clasificación SUNP-T1, que permite edificabilidad terciaria. Según el Real Decreto Legislativo 7/2015 (TRLSRU, art. 22), los terrenos deben valorarse por su potencial urbanístico, no por su uso actual. En parcelas adyacentes no afectadas, gestionadas por la comisión Maco Henares, el suelo se compra a 42 €/m². ¿Por qué esta disparidad?
La división del sector SUNP-T1 –que debe desarrollarse de forma integral según la Ley 9/2001 del Suelo de Madrid (art. 38)– beneficia exclusivamente a Indra, mientras el resto queda para promotores privados. El Convenio de Colaboración elude el Plan de Sectorización «aún no desarrollado», agilizando el PAR con argumentos de urgencia económica.
Tabla de Disparidades en Valoración
| Parcela/Afectación | Superficie | Valoración (€/ha) | Precio (€/m²) | Observaciones |
|---|---|---|---|---|
| TA020 (Afectada) | 0,3383 ha | 39.666,75 | ~4 | Rústico; cereal secano |
| Adyacentes (Maco Henares) | Variable | Mercado libre | 42 | Urbanizable terciario |
| Total Ámbito PAR | 77,6 ha | Subestimado | <10 | Potencial terciario ignorado |
Expropiación Encubierta por una Empresa Privada
¿Quién autoriza a Indra, una compañía privada, a expropiar? La Ley de Expropiación Forzosa (1954/2015) reserva este poder a la Administración por razones de utilidad pública. El PAR permite delegación, pero el Convenio parece transferir competencias municipales a Indra sin controles suficientes. Propietarios aseguran no haber recibido notificación oficial, enterándose por «reuniones informales» con el Ayuntamiento. Esto vulnera la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.
La reubicación de instalaciones de Indra desde Torrejón, San Fernando de Henares y otros municipios liberará terrenos valiosos para especulación inmobiliaria. ¿Beneficio público o privado?
Nepotismo y Sombras Políticas en el Ayuntamiento
El teniente de alcalde, José Luis Navarro Coronado –tío del alcalde y en el cargo más de 20 años–, desestimó las quejas en una reunión: «Esto es un asunto del Ayuntamiento de Madrid y INDRA es una empresa fuerte; en nada podía ayudar». Fuentes fiables indican que parcelas no afectadas pertenecen a familiares del regidor, que se revalorizarán con el hub.
El préstamo BEI, destinado a I+D en defensa y aeroespacial, se liga en documentos a adquisición de suelo, raising sospechas de desvío de fondos europeos.
Tabla de Irregularidades Detectadas
| Tipo | Descripción | Base Legal/Evidencia |
|---|---|---|
| Legal | Subvaloración y división sectorial | TRLSRU art. 22; LSCM art. 38; Ficha TA020 |
| Económica | Disparidad precios; especulación | 4 € vs. 42 €/m²; Reubicación sitios |
| Política | Conflicto familiar; opacidad | Reunión Navarro; Convenio moción |
Voces de los Afectados y Perspectivas Futuras
«Nos hemos informado de algunas reuniones que han tenido, imagino, con el Ayuntamiento», relata un propietario. El proyecto promete empleo y sinergias, pero a costa de derechos individuales. Ambientalistas alertan de riesgos en zona con evapotranspiración potencial de 750 mm y posible contaminación histórica.
La Comunidad de Madrid debe aclarar: ¿Es este hub un motor de innovación o un pelotazo urbanístico disfrazado? Los afectados preparan recursos judiciales. Mientras, Indra avanza con su «campus del futuro», financiado en parte por Europa.
Este caso ejemplifica tensiones entre desarrollo estratégico y equidad territorial. ¿Progreso para todos o para unos pocos?

