El pasado mes de marzo nos hicimos eco de una noticia publicada en el portal del Poder Judicial sobre la suspensión cautelar de las autorizaciones para la construcción de tres parques eólicos en distintos puntos de Galicia.
Dos meses más tarde, en mayo, el citado portal web publicaba que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) había decretado la suspensión, de forma cautelar, de la construcción de otros seis parques eólicos autorizados por la el gobierno de esa Comunidad Autónoma (Partido Popular).
Este lunes hemos tenido conocimiento de otra buena noticia con respecto a este tema: El TSJG ha decretado la suspensión cautelar de otros seis parques eólicos en la comunidad gallega por el riesgo de que su construcción cause DAÑOS IRREVERSIBLES. Según aparece publicado en la página web del Poder Judicial, el tribunal ha acordado su suspensión al entender acreditada la existencia del periculum in mora (peligro en la mora), que forma parte de la esencia de la medida cautelar, pues con él se intenta asegurar que la futura sentencia pueda llevarse a la práctica de modo útil, lo que no se conseguiría en el supuesto de que se hubieran producido situaciones irreversibles.
En concreto, ha decretado la paralización cautelar de los siguientes parques:
- Alvite II -situado en Mazaricos, Negreira y Santa Comba (La Coruña)
- Valdepereira -situado en Lalín (Pontevedra) y O Irixo (Orense)
- Coto Loureiro -situado en A Laracha y Cerceda (La Coruña)
- Estivada -situado en Agolada (Pontevedra) y Antas de Ulla (Lugo)
- Piago -situado en Cervo, Xove, Viveiro y Valadouro (Lugo)
- Feás -situado en Aranga y Coirós (La Coruña).
En los seis casos analizados, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del alto tribunal gallego concluye que «se han acreditado los perjuicios que las instalaciones podrían ocasionar a valores medioambientales sensibles, así como la presencia en esas zonas de especies vulnerables o en peligro de extinción».
Hasta la fecha, el TSJG ha notificado 96 autos -77 estimatorios y 19 desestimatorios- en los que decide sobre las solicitudes de suspensiones cautelares de 52 parques eólicos, de los cuales 49 han sido estimatorios y 3 desestimatorios.
Aclaran que el número total de autos no coincide con el de parques eólicos sobre los que se ha pronunciado el Tribunal porque sobre algunos proyectos hay diferentes resoluciones judiciales debido a que distintas entidades y administraciones solicitaron suspensiones cautelares sobre un mismo parque, aportando diferentes informes periciales y argumentos.
Sin duda esta noticia es muy esperanzadora para los que llevamos tiempo mostrándonos totalmente contrarios a la s¡n¡estra Agenda del rosco de colorines, así como los gobiernos, central y autonómicos, Ayuntamientos y empresas involucradas que están haciendo el agosto con la excusa de las mal llamadas energí¡as verdes que no hacen otra cosa que dañar a nuestro campo, nuestro sector primario, nuestra cultura, nuestro ecosistema natural, nuestras especies y nuestras raíces.