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El TSJC absuelve a Dani Alves

En un fallo que ha sorprendido a la opinión pública y reavivado el debate sobre la justicia en casos de violencia sexual, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto este viernes, 28 de marzo de 2025, al exfutbolista brasileño Dani Alves de la condena por la violación de una joven en una discoteca de Barcelona. El tribunal ha aceptado el recurso presentado por la defensa del deportista, revocando la sentencia inicial que lo había condenado a cuatro años y seis meses de prisión por un delito de agresión sexual.

Dani Alves fue acusado de violar a una joven en el baño de la zona VIP de la discoteca Sutton, en Barcelona, el 31 de diciembre de 2022. Tras una investigación inicial, el exjugador del FC Barcelona y del París Saint-Germain fue arrestado el 20 de enero de 2023 y permaneció en prisión preventiva en el centro penitenciario Brians 2, a las afueras de Barcelona, durante más de un año mientras se desarrollaba el proceso judicial. Alves, que en ese momento jugaba para el club mexicano Pumas, vio cómo su contrato fue rescindido inmediatamente tras su detención.

El juicio, celebrado en febrero de 2024, culminó con una condena por parte de la Audiencia Provincial de Barcelona. El tribunal de primera instancia consideró probado que Alves había agredido sexualmente a la joven sin su consentimiento, basándose en el testimonio de la víctima, pruebas adicionales como grabaciones de cámaras de seguridad y análisis forenses, y la nueva ley española de libertad sexual, conocida como «solo sí es sí», que pone el consentimiento en el centro de los delitos sexuales. Además de la pena de prisión, se le impuso una indemnización de 150.000 euros a la víctima y una orden de alejamiento de nueve años.

Sin embargo, la defensa de Alves, liderada por la abogada Inés Guardiola, apeló la sentencia, argumentando que no había pruebas suficientes para sustentar la condena y que el relato del exfutbolista –quien siempre afirmó que el encuentro fue consensuado– había sido respaldado por evidencia objetiva, como restos biológicos y huellas dactilares en el lugar de los hechos. La defensa también destacó la ausencia de lesiones significativas en la víctima que indicaran violencia, salvo una pequeña herida en las rodillas que, según ellos, era compatible con la versión de Alves.

Tras revisar el caso, el TSJC ha dado un giro radical al aceptar el recurso de Alves. En su fallo, el tribunal ha determinado que no existen pruebas concluyentes que demuestren la falta de consentimiento en el encuentro, un elemento clave para configurar el delito de agresión sexual según la legislación vigente. La resolución, que se ha hecho pública esta mañana, subraya que los indicios presentados no alcanzan el nivel de certeza necesario para mantener la condena, inclinándose por la presunción de inocencia del acusado.

Este veredicto llega después de un proceso lleno de vaivenes. En marzo de 2024, Alves había sido puesto en libertad provisional tras pagar una fianza de un millón de euros y entregar sus pasaportes español y brasileño, mientras se resolvía su apelación. Durante ese tiempo, estuvo sujeto a estrictas condiciones, como presentarse semanalmente ante el tribunal y mantener una distancia de al menos un kilómetro de la víctima. Ahora, con esta absolución, el exfutbolista queda libre de toda responsabilidad penal en este caso, aunque la fiscalía y la acusación particular aún podrían recurrir ante el Tribunal Supremo de España.

 

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