El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la procedencia del despido de una directora de oficina de Correos que, durante al menos siete meses, manipulaba boletos Rasca de la ONCE para comprobar si estaban premiados antes de venderlos y se quedaba con los premios.
La sentencia, dictada por la Sala de lo Social y contra la que no cabe recurso, avala la decisión de la empresa pública de extinguir el contrato sin indemnización ni salarios de tramitación, al considerar probada una falta disciplinaria muy grave de “transgresión de la buena fe contractual” y “abuso de confianza”.
Modus operandi: rascar antes de vender. La trabajadora, que llevaba desde 2007 como directora de una oficina unipersonal y era la única persona autorizada a operar con los boletos Rasca en el sistema informático IRIS, seguía este procedimiento:
- Rascaba la zona oculta del boleto sin haberlo vendido ni registrado.
- Comprobaba si tenía premio mediante la lectura del código interno.
- Si el boleto estaba premiado, cobraba el premio a su nombre a través del sistema.
- Posteriormente registraba la venta del boleto ya cobrado o, en numerosas ocasiones, lo hacía días o incluso meses después.
Una auditoría interna realizada en julio de 2023 detectó inicialmente 28 boletos rascados y no vendidos, además de la desaparición de otros 10. Ante las evidencias, la empleada reconoció haberlos rascado “esa misma semana” y abonó su importe para intentar regularizar la situación.
Sin embargo, la investigación posterior reveló que la práctica era sistemática: entre enero y julio de 2023 se registraron 97 consultas previas a la venta. De ellas, 28 boletos resultaron premiados y los premios (122 euros en total) fueron cobrados por la propia directora antes de registrar su venta.
En al menos diez casos, la venta se anotó con posterioridad al cobro del premio; en uno de ellos, el registro se efectuó dos meses después.
La calificación de Correos para despedir a la trabajadora fue de “falta muy grave continuada”. Correos abrió expediente disciplinario y, tras el correspondiente trámite, impuso el despido disciplinario por infracción muy grave tipificada en el III Convenio Colectivo y en el artículo 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores (transgresión de la buena fe y abuso de confianza).
La trabajadora impugnó la sanción ante el Juzgado de lo Social nº 1 de Toledo, que ya desestimó su demanda. Ahora el TSJ de Castilla-La Mancha confirma íntegramente aquella resolución y destaca:
“Se está ante un comportamiento reiterado en el tiempo y por supuesto oculto, ya que no podemos dejar de tener en cuenta que ostentaba el cargo de directora de la oficina y era la única con perfil para efectuar las consultas y ventas de los boletos Rasca de la ONCE en el sistema IRIS”.
La sentencia subraya la especial posición de confianza de la directora y el hecho de que la irregularidad solo pudo perpetrarse gracias a su exclusivo acceso al sistema, lo que agrava la gravedad de los hechos. Con esta resolución firme, Correos ve respaldada su decisión y la trabajadora pierde definitivamente su empleo sin derecho a compensación alguna.

