martes, septiembre 9, 2025
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Decisión histórica del Tribunal Supremo con el Fiscal General del Estado

El Tribunal Supremo ha tomado una decisión histórica al abrir juicio oral contra Álvaro García Ortiz, fiscal general del Estado, por un presunto delito de revelación de secretos. Esta medida, dictada por el magistrado Ángel Luis Hurtado, no solo marca un precedente en la historia reciente de España, donde nunca antes un fiscal general había sido juzgado mientras ocupaba su cargo, sino que también ha generado un intenso debate sobre la independencia del Ministerio Fiscal y la integridad de sus altos cargos. A pesar de la gravedad de la acusación, el Supremo rechazó suspender a García Ortiz de sus funciones, aunque le impuso una fianza de 150.000 euros para garantizar las posibles responsabilidades económicas derivadas del proceso.

El caso se remonta a febrero de 2024, cuando se filtró un correo electrónico confidencial enviado por el abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, a la Fiscalía. En dicho correo, el abogado reconocía que su cliente había cometido dos delitos fiscales y proponía un pacto para evitar la prisión. La filtración, que apareció en medios de comunicación, llevó a González Amador a demandar a García Ortiz por revelación de secretos, argumentando que el fiscal general había incumplido su deber de reserva al facilitar información confidencial.

La investigación, llevada a cabo por el magistrado Hurtado, concluyó que existían indicios suficientes para considerar a García Ortiz como presunto autor del delito, tal como recoge el auto de 29 páginas al que accedió RTVE.es. El juez señaló que el fiscal general, «indiciariamente», habría revelado secretos de los que tuvo conocimiento por razón de su cargo, violando así el artículo 417 del Código Penal, que castiga la revelación de secretos con penas de hasta seis años de prisión e inhabilitación.

El auto del Supremo no solo ordena la apertura de juicio oral, sino que también impone a García Ortiz una fianza de 150.000 euros para hacer frente a las posibles responsabilidades económicas, como indemnizaciones o multas, que pudieran derivarse de una eventual condena. Esta cantidad, según el juez, responde a una «valoración de conjunto» que incluye la reclamación de González Amador por 300.000 euros en perjuicios morales, aunque el magistrado la consideró «excesiva». Si García Ortiz no deposita la fianza en un plazo de cinco días, se procederá al embargo de bienes para asegurar dicha cantidad.

Sin embargo, el Supremo rechazó la solicitud de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) de suspender cautelarmente a García Ortiz de sus funciones como fiscal general. El magistrado argumentó que existe una regulación administrativa para la suspensión de miembros de la carrera fiscal, pero no contempla explícitamente la del fiscal general del Estado.

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