viernes, noviembre 22, 2024
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La SGAE multada con más de 6 millones de euros por abuso de posición dominante

La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) siempre ha estado rodeada de polémica. Desde las famosas detenciones en 2011 de su presidente, Tedy Bautista, y otras 9 personas por presuntos delitos de apropiación indebida y desvío de fondos, pasando por los pagos a Urdangarin y su exsocio Torres (caso Knoos) por unos estudios, la existencia de redes clientelares, los millones de euros de derechos de autor que se detectaron sin adjudicar, los sueldos desorbitados de sus directivos, los precios abusivos que cobraban en las bodas o en las peluquerías por poner música… todo un abanico de sucesos que hacen que la SGAE no goce de buena reputación precisamente.

Ahora nos hemos encontrado con que la Comisión Nacional de los Mercados de la Competencia (CNMC) ha multado con 6,4 millones de euros a la SGAE por abusar de su posición dominante al diseñar y aplicar las tarifas que cobra a radios y televisiones por usar su repertorio musical y audiovisual.

La investigación se inició tras las denuncias de las entidades Derechos de Autor de Medios Audiovisuales, Entidad de Gestión (Dama) y Unison Rights, S.L. (Unison).

Según una nota de prensa publicada por el organismo este miércoles, la SGAE incurrió en dos infracciones de abuso de posición de dominio derivadas de prácticas tarifarias en el marco del licenciamiento de derechos de propiedad intelectual sobre obras musicales y audiovisuales empleados por operadores de radio y televisión en sus respectivas programaciones.

«Tanto para los derechos de obras musicales, como para los derechos de ciertos derechos de obras audiovisuales, la SGAE ha diseñado y aplicado unas “tarifas por uso efectivo” tan elevadas, en comparación con las “tarifas por disponibilidad promediada” (tarifas planas), que no suponían, en términos generales, una verdadera alternativa a estas últimas, ni para las emisoras de radio ni para las de televisión.

De lo anterior se derivan dos potenciales consecuencias desfavorables, desde una perspectiva de competencia. En primer lugar, la gran mayoría de usuarios se han visto empujados a pagar a la SGAE precios desligados de la utilización real que hacen de su repertorio, tanto en lo que se refiere al número de obras como a la intensidad de su uso (abuso explotativo). Asimismo, la aplicación prevalente de tarifas planas dificulta la entrada y expansión de competidores, de la SGAE, reforzando su posición de dominio (abuso exclusionario).

La razón de esto último es que, al estar abonando una tarifa plana por el uso de un repertorio tan extenso como el de la SGAE, los usuarios ven drásticamente limitados los incentivos para la contratación de otros repertorios alternativos.

Para los derechos de obras musicales, este efecto de exclusión se ve, además, reforzado por la conducta de la SGAE consiste en presentar a los usuarios su repertorio musical como universal y ofrecer garantías de indemnidad frente a eventuales reclamaciones de terceros, por el uso de derechos no pertenecientes su repertorio, limitando en mayor medida, los incentivos de dichos usuarios para contratar con competidores de la SGAE.»

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1 COMENTARIO

  1. Estos payasos llegaron a imponer el canon ilegal digital cuando nadie se bajaba sus series, musica ni peliculas.
    La gente no se baja producción española.
    La genta baja porno, series y cine extranjero.
    Y desde la falsemia mucha gente hace boicot a las producciones españolas que por otra parte no valen dos duros.

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