El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Madrid ha emitido una sentencia que anula una sanción de 200 euros impuesta a un conductor por acceder sin autorización a la Zona de Bajas Emisiones de Plaza Elíptica. La resolución responde a un recurso interpuesto por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en representación de un socio y obliga al Ayuntamiento de Madrid a pagar 300 euros en concepto de costas procesales. Según el juez, la multa se fundamentó en una ordenanza municipal que contraviene la Constitución y que, además, se aplicó en una vía estatal donde el consistorio carece de competencias.
La decisión judicial subraya que el Ayuntamiento no puede sancionar infracciones en la autovía A-42, una carretera de titularidad estatal. También señala que la señalización de la ZBE en Plaza Elíptica es deficiente, lo que imposibilita al conductor evitar ingresar a la zona restringida. Además, el juez destaca que tiene potestad para no aplicar normativas que vulneren la ley, tal como estipula el artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Esta resolución es la primera en su tipo después de que el Ayuntamiento recurriera ante el Tribunal Supremo otra sentencia que anuló estas sanciones. Sin embargo, el juzgado madrileño ha adelantado su fallo sin esperar la decisión del alto tribunal, lo que representa un precedente jurídico significativo. AEA ha manifestado que esta situación pone de manifiesto la ilegalidad de numerosas multas impuestas en zonas como Plaza Elíptica, donde se han recaudado más de 330 millones de euros desde 2021.
Mario Arnaldo, presidente de AEA, ha recomendado a los automovilistas afectados que recurran todas las multas relacionadas con estas zonas. Según Arnaldo, si el Tribunal Supremo confirma la ilegalidad de las sanciones, el Ayuntamiento deberá no solo anular las multas pendientes sino también reembolsar el importe cobrado de manera injusta.